Hacienda pone la lupa en Bitcoin, Ethereum o WorldCoin: así se deben reflejar las criptos en la declaración de la Renta
A punto de arrancar la campaña de la Renta (lo hará el 2 de abril), la Agencia Tributaria (AEAT) va a poner el foco este año en la economía digital. Y, dentro de este gran apartado, en las transacciones con criptomonedas.
“Únicamente deben declarar criptomonedas aquellos contribuyentes que, durante 2024, hayan realizado operaciones de venta o intercambio con estos activos digitales, sin importar si han obtenido beneficios o pérdidas”, afirma Paula Urcera, responsable del área fiscal de TaxDown.
Es decir, que si un contribuyente sólo adquirió criptomonedas, y no realizó ningún otro tipo de operación con ellas, no tendrá que incluirlas en su declaración. “Para reflejar correctamente estos movimientos en la renta, es necesario incluir las ganancias o pérdidas obtenidas en el apartado denominado ‘Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales’. En concreto, la sección específica para criptomonedas.
¿Cómo declarar las criptomonedas en la Renta?
Una duda habitual es si los intercambios de criptomonedas, aunque no se hayan convertido en euros u otra moneda tradicional, deben declararse. “La respuesta es afirmativa, ya que Hacienda interpreta estos intercambios como una permuta que implica una variación patrimonial, la cual debe ser declarada”, sostiene Urcera.
Por ejemplo, imaginemos que posees Bitcoin y decides intercambiarlos por Ethereum. Aunque no se haya vendido por euros, a efectos fiscales se considera una permuta entre activos que genera una ganancia o pérdida patrimonial.
“De esta forma, tendrás que tributar por la diferencia entre el valor al que adquiriste los Bitcoin originalmente y el valor que tenían en el momento del intercambio por Ethereum”, concreta la responsable del área fiscal de TaxDown.
Para contabilizar correctamente estas operaciones, Hacienda exige utilizar el método FIFO (First In, First Out), que consiste en considerar que las primeras criptomonedas adquiridas son las primeras que vendes o intercambias.
“Así, el cálculo de la ganancia o pérdida se realizará restando al valor por el que se ha vendido o intercambiado la criptomoneda (valor de transmisión) el valor por el que se adquirieron inicialmente (valor de adquisición)”, continúa Paula Urcera.
Finalmente, estas operaciones deberán reflejarse específicamente en el apartado de la declaración llamado ‘ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales’ (a integrar en la base imponible del ahorro)".
¿Qué ocurre con quienes escanearon su iris con WorldCoin?
Si echamos la vista atrás, entre 2022 y principios de 2024, mucha gente escaneó su iris a cambio de dinero, principalmente en forma de tokens, en diferentes stands de WorldCoin en centros comerciales de distintos puntos de España. Recordemos que Worldcoin es un proyecto de criptomoneda biométrica con reconocimiento de iris, para realizar una captura de su ojo.
En marzo del 2024, la Agencia Española de Protección de Datos ordenó una medida cautelar que impedía a Worldcoin continuar tratando datos en España. Más tarde, en diciembre de ese mismo año, Worldcoin tuvo que eliminar todos los códigos de iris almacenados desde el inicio del proyecto.
“Y es que todas las personas que hayan recibido criptos a cambio de escanear su retina durante el 2024 tendrán que declararlo en la Renta de este año”, mantiene Paula Urcera. ¿Por qué? “Porque es considerada una ganancia patrimonial no derivada de la transmisión, que se incluiría en la misma casilla que los airdrops”, añade.
Asimismo, la experta de TawDown subraya que “el problema no está solo en cómo tributan estos tokens cuando se reciben, sino en el impacto fiscal que pueden tener si se venden posteriormente a un precio inferior”.
Y es que quienes recibieron estos activos en 2023 ya los declararon en la base general y pagaron impuestos por ellos en la declaración de la renta presentada el año pasado. “Sin embargo, si los vendieron en 2024 por un valor menor al de su recepción, esa pérdida no se podrá compensar con los impuestos que pagaron en la base general, sino únicamente con la base del ahorro, que funciona de manera independiente y con tipos más bajos”, concluye Paula Urcera.
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